Este
primer apartado del articulado de los vigentes Estatutos es
como un jardín florido lleno de bellos propósitos
y afirmaciones embriagadoras.
No merece muchas modificaciones. Lo que dice es lo que debe
de hacer el COPC. Lo que quizá hay que dejar claro es
cómo hacer todo lo que en esta sección se indica.
Porque hay que hacerlo.
Creo que todos estaremos de acuerdo en que el problema no es
lo que ha de hacer –que aquí queda muy claro y
todos coincidimos- la clave es cómo se operativiza cada
una de esas bellas afirmaciones.
Es decir, si habría que hacer algo con esta sección
sería detallar cómo se van a cumplir esas funciones.
Aunque eso creo que es algo que habría que desarrollar
en un Reglamento. Eso sí, público y que se adjuntara
a los Estatutos para que cualquier colegiado supiera cómo,
su Junta de Gobierno, piensa desarrollar esas funciones. Porque
montar un cineclub sobre Buñuel, invitar a unas cervezas
a dos colegiados que se pelean, regalarnos un par de tests a
cada colegiado, que la Junta de Gobierno se encierre una semana
en el Ritz a prestigiar la profesión con ruedas de prensa,
montar un congreso sobre la dura vida del profesional de la
psicología a la que no asisten más que cien personas…
todo eso y mucho más se podría ajustar a más
de una de las funciones que cumple el COPC.
Creo
que hay que hacer un esfuerzo por definir cómo se piensa
hacer qué. Es algo esencial para que este apartado no
se quede en pétalos de rosa flotando en una charca.